Instituto de la Mujer
Convocatorias

Subvenciones del Régimen General dirigidas a ONG del ámbito estatal. Convocatoria 2011. Cofinanciado por el Fondo Social Europeo - Programa Lucha contra la discriminación 2007-2013

 

Cómo se solicitan

Las solicitudes de subvención se formalizarán en el único modelo de instancia, que figura como Anexo I, a la Resolución de 12 de mayo de 2011, del Instituto de la Mujer, debiendo relacionarse, en el mismo, todos los programas para los que la entidad solicita subvención. Dicha instancia, que será original, deberá estar cumplimentada, íntegramente, y firmada por la persona física que solicita la subvención, en nombre y representación de la entidad solicitante.

Se aportará, además, una Memoria Explicativa de la entidad solicitante, que se formalizará en el modelo que figura como Anexo II a la Resolución de convocatoria; en ella, se deberán reflejar todos los datos de la entidad, que sirven de base para su valoración. Se presentará debidamente cumplimentado y firmado por la persona física solicitante.

También se presentará una la Memoria Explicativa por cada uno de los programas para los que se solicite subvención, cuyo modelo figura como Anexo III a la Resolución, debidamente cumplimentada y firmada por la persona física solicitante. En dicha Memoria, se reflejarán todos los datos relativos al programa, que servirán de base para su valoración; entre otros, la necesidad que fundamenta su realización, el lugar geográfico en el que se propone su ejecución, las personas beneficiarias, el contenido, los medios disponibles y/o necesarios para su ejecución, el objeto que se pretende alcanzar.

Con el fin de facilitar este trámite se pone a disposición de las entidades y ONG solicitantes, una aplicación informática para cumplimentar la solicitud Se abrirá en una ventana nueva. . Se accede a ella a través de esta página web; es decir, accederán desde el menú que figura al inicio y deberán elegir la opción “Descarga de solicitudes mediante soporte informático”.

Para su descarga e instalación, deberán seguir, paso a paso las instrucciones que aparecen en dicha página y de las convocatorias que figuran en la misma elegir MUJER.

Si optara por cumplimentar la solicitud a través de la aplicación informática, se presentará en soporte informático y en soporte papel que, en todo caso, será original y estará debidamente firmado, con la firma también original del/de la representante legal de la entidad y el sello oficial del registro del centro, en el que se haya presentado.

La Orden de bases reguladoras, la Resolución de convocatoria y los modelos de impresos normalizados de solicitud y memorias (Anexos I, II y III) y las instrucciones para su cumplimentación se podrán recoger, también, en el Instituto de la Mujer, C/ Condesa de Venadito, nº 34, 28027 Madrid.

La solicitud de estas subvenciones estará acompañada, además de por los impresos normalizados cuyos modelos figuran como Anexos II y III a la convocatoria, por la documentación que a continuación se relaciona:

  • Autorización, de la persona solicitante, al Instituto de la Mujer, que se hará constar en la solicitud o en cualquier otra comunicación posterior, para que éste compruebe sus datos mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad, según establece el RD 522/2006, o, en su caso, fotocopia compulsada del DNI de la persona solicitante.
  • Poder bastante en derecho para actuar en nombre y representación de la entidad solicitante y documento acreditativo de la identidad de la persona física solicitante.
  • Tarjeta de identificación fiscal de la entidad.
  • Original o copia, con el carácter de auténtica, o fotocopia compulsada de los estatutos debidamente legalizados.
  • Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro público correspondiente.
  • Certificación, en la que conste la identificación de las personas que componen el órgano de gobierno de la entidad o miembros de su patronato, así como la fecha de su nombramiento y modo de elección. En esta certificación, deberá acreditarse la presentación de dichos datos en el Registro público correspondiente.
  • Documentación justificativa, conforme a lo establecido en el artículo 13.7 de la LGS, de que tanto la entidad solicitante, como las entidades miembros, que, en su caso, propone como ejecutantes de los programas no se encuentran incursas en las prohibiciones, que, para obtener la condición de beneficiarias/os de subvenciones, se señalan en el artículo 13.2 y 3 de la LGS. En el supuesto de que dicha documentación no pueda ser expedida por la autoridad competente, podrá ser sustituida por una declaración responsable de quien ostente la representación legal de la entidad solicitante, cuyo modelo figura como Anexo IV de esta Resolución.
  • En aplicación de lo establecido en el artículo 24 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, para acreditar que tanto la entidad solicitante, como las entidades miembros, que, en su caso, proponen como ejecutantes de los programas se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, deberá a portar una declaración responsable, emitida por la persona que ostente la representación legal de la entidad, cuyo modelo figura como Anexo V de la presente Resolución.
  • De conformidad con lo previsto en el artículo 25 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, se deberá presentar declaración responsable, emitida por la persona que ostente la representación legal de la entidad solicitante acreditando el cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones, cuyo modelo figura como Anexo VI de la presente Resolución.
  • Impreso con los datos de la cuenta bancaria, en la que se deba efectuar, en su caso, el pago de la subvención, cuyo modelo figura como Anexo VII de la presente Resolución.

Toda la documentación que antecede deberá ser original, copia compulsada o que tenga el carácter de auténtica, conforme a la legislación vigente, y se presentará en castellano o, de presentarse en otra lengua, se acompañará, además, la traducción al castellano.

Instrucciones para cumplimentar la solicitud Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva :

Los Anexos I, II y III, relativos a los modelos de impreso normalizado, que se presentan como parte integrante de la solicitud, deberán contener la firma original de la persona física solicitante, que deberá ostentar la representación legal de la entidad.

En la solicitud (Anexo I), deberá constar el sello que acredite su presentación en el Registro del organismo público correspondiente; cuando la solicitud se remita por correo certificado, el sello acreditativo debe constar no sólo en el sobre sino también en la propia solicitud (Anexo I).

Si, al cumplimentar el modelo impreso, el espacio disponible, en algún apartado de los Anexos II, III, no fuera suficiente para reflejar los datos solicitados, la entidad deberá adjuntar la información necesaria en hoja anexa, señalando el número y la denominación del apartado al que ésta corresponda.

Asimismo, la documentación complementaria que se aporte deberá identificarse con el número y denominación del apartado y Anexo al que se refiera.

Aplicación informática para la solicitud de subvención Se abrirá en una ventana nueva.

Objeto

El Instituto de la Mujer convoca subvenciones sometidas al Régimen General, en el área de su competencia.

Su objeto consiste en fomentar la realización de programas y actividades dirigidas a potenciar el desarrollo del tejido asociativo de las mujeres, su participación social y política, y su presencia en todos los órganos de representación, de poder y de toma de decisiones, con el fin de alcanzar la Igualdad real de mujeres y hombres.

El marco jurídico de estas subvenciones se encuadra en unas normas de carácter general, aplicables a la actividad subvencional que se desarrolla desde la Administración Pública, tales como la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (BOE de 18) y su Reglamento de aplicación, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (BOE de 25) y otras de carácter especifico, aplicables a la actividad subvencional que se realiza desde el Instituto de la Mujer; en este caso se hace referencia a la Orden de bases reguladoras y a la Resolución de la convocatoria.

Los programas prioritarios, en esta convocatoria, son los siguientes:

  1. Programas dirigidos a colaborar en el mantenimiento y funcionamiento del movimiento asociativo de las mujeres que trabajan a favor de la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres.
  2. Programas innovadores dirigidos a la formación y promoción de las mujeres en todos los ámbitos de actuación.
  3. Programas dirigidos a fomentar la empleabilidad, la calidad en el empleo y la igualdad salarial de las mujeres.
  4. Programas dirigidos a promover el desarrollo de un modelo de convivencia familiar y social más igualitario.
  5. Programas dirigidos a promover la inserción social de las mujeres que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad.
  6. Programas dirigidos a potenciar el reconocimiento y la visibilización de las aportaciones realizadas, desde los puntos de vista jurídico, social y laboral, por las mujeres que habitan y trabajan en el medio rural.
  7. Programas dirigidos a prevenir y erradicar todo tipo de violencia contra las mujeres.

***NOVEDAD IMPORTANTE EN ESTA CONVOCATORIA***

Será requisito indispensable para los programas y actividades, a subvencionar por el Instituto de la Mujer, en esta convocatoria, que su ámbito sea estatal o supraautonómico 

Destinatarias/os

Entidades y Organizaciones no gubernamentales, legalmente constituidas y que carezcan de fines de lucro.

No se entenderán incluidas, dentro de la tipología de estas organizaciones no gubernamentales, las entidades de derecho público, las universidades, los partidos políticos, los colegios profesionales u otras entidades con análogos fines específicos y de similar naturaleza.

Las Entidades y Organizaciones solicitantes deben de cumplir los siguientes requisitos:

Tener ámbito de actuación estatal, según su título constitutivo, excepto para las Entidades u Organizaciones no gubernamentales cuyo ámbito territorial de actuación sea Ceuta y/o Melilla, en atención a sus especiales circunstancias.

Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro administrativo correspondiente.

Tener personalidad jurídica propia y capacidad de obrar.

No estar incursas en ninguna de las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la LGS.

Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.

Carecer de fines de lucro. A estos efectos, se considerarán, también, entidades sin fines de lucro aquellas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan, en su totalidad, en el cumplimiento de sus fines institucionales, no comerciales.

Constar, entre los fines estatutarios de la entidad, el fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, en el supuesto de que se trate de entidades u organizaciones no gubernamentales que no sean específicamente de mujeres.

Haber justificado, en su caso, suficientemente, las ayudas económicas recibidas con anterioridad, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y del Ministerio de Igualdad

Plazo de presentación

El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación, finalizando el 20 de junio de 2011

Lugar de presentación

Las solicitudes, dirigidas a la Directora General del Instituto de la Mujer, podrán presentarse en la sede del Instituto de la Mujer, cuya dirección se indica a continuación, así como en los Registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la LRJ-PAC.

Para mayor información, puede dirigirse a la dirección y teléfonos siguientes:

INSTITUTO DE LA MUJER

c/ Condesa de Venadito, 34

28027 – MADRID

Teléfonos:

  • 91 363 90 03
  • 91 363 90 26
  • 91 363 90 08
  • 91 363 90 05

OBSERVACIÓN IMPORTANTE:

En el supuesto de que alguna entidad no pudiese cumplimentar la solicitud de subvención mediante la aplicación informática, o no disponga de lo medios técnicos necesarios, podrá solicitar los impresos normalizados que a continuación se relacionan:

  • Solicitud: ANEXO I de la Resolución.

  • Memoria explicativa de la entidad solicitante: ANEXO II de la Resolución

  • Memoria explicativa del programa/s: ANEXO III de la Resolución

En el correo de solicitud de impresos deberá figurar los siguientes datos:

  • Nombre de la entidad solicitante.

  • Número de teléfono y persona de contacto.

  • Correos electrónicos que se indican

    • miriam.noriegadiaz@inmujer.es

    • milagros.pardoperez@inmujer.es

    • rosario.delolmojimenez@inmujer.es

    • antonia.carreteroanton@inmujer.es

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