Instituto de la Mujer
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El IMIO recuerda que el derecho de las mujeres a desempeñar cualquier puesto de trabajo está garantizado por la ley

  • El impedimento puesto a las mujeres para acceder al trabajo de estibadoras en el puerto de Algeciras contraviene la Ley de Igualdad Efectiva y el Estatuto de los Trabajadores


Madrid, 15 de febrero de 2017

El Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades (IMIO), ante el conflicto suscitado en el sector portuario por impedirse el acceso de las mujeres al ejercicio profesional como estibadoras, señala que constituye un supuesto de discriminación laboral, de acuerdo con la Ley de Igualdad y el Estatuto de los Trabajadores, y atenta contra el principio constitucional de igualdad.

Concretamente, el artículo 17 del Estatuto de los Trabajadores determina que "se entenderán nulos y sin efecto los preceptos reglamentarios, las cláusulas de convenios colectivos, los pactos individuales y las decisiones unilaterales del empresario que den lugar a situaciones de discriminación".

A la vista del actual incumplimiento de la normativa vigente por parte de las las organizaciones profesionales del sector, el IMIO reclama la inmediata aceptación de las candidaturas de mujeres al empleo de estibadoras y respalda cualquier iniciativa dirigida a eliminar esta discriminación. Asimismo, dentro de sus competencias para luchar contra la discriminación laboral de las mujeres, ofrece su apoyo y pone a disposición del colectivo de afectadas su servicio de asesoramiento jurídico para garantizar sus plenos derechos.

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